Revisión y validación de expedientes para el registro de carrera ante la Dirección General de Profesiones de la SEP

Nombre del Trámite:
Revisión y validación de expedientes para el registro de carrera ante la Dirección General de Profesiones de la SEP.

Fundamentación:
De acuerdo al Artículo 18 de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior en el que se señala que: -“Los certificados, diplomas, títulos y grados académicos que expidan los particulares respecto de estudios autorizados o reconocidos requerirán de autenticación por parte de la autoridad que haya concedido la autorización o reconocimiento o, en su caso, del organismo público descentralizado que haya otorgado el reconocimiento.”-, y al Artículo 19 que señala: -“Los particulares que impartan estudios de tipo superior con autorización o reconocimiento de validez oficial deberán registrarse en la Secretaría de Educación Pública.”-

Finalidad:
Asesorar y revisar el expediente de las Instituciones Particulares de Educación Superior Universitaria del Estado de Veracruz que cuenten con RVOE estatal, en el registro de sus programas académicos ante la Dirección General de Profesiones y de esta forma asegurar que al egresar sus alumnos puedan obtener su título y cédula profesional sin ningún inconveniente.

Tiempo de respuesta:
Estimado 5 días hábiles a partir que se encuentra con la información validada.

Requisitos:
  1. Oficio dirigido al titular de la Dirección General de Educación Universitaria, mediante el cual solicitará la revisión de su expediente listando los documentos que anexa.
  2. Documentos que deberán integrar el expediente en caso de:

Si va a registrar por primera vez: [descargar aquí]

Adición de Otras Carreras: [descargar aquí]

Formatos a utilizar:

Verificar los formatos sugeridos en la Guía

Procedimiento:
   1. Conformar su expediente de acuerdo a la Guía propuesta.
   2. En el caso de los formatos de certificación escolar (certificado de estudios, constancia de liberación de servicio social, actas de examen, actas de recepción, títulos profesionales, diplomas y grados académicos), deberá llevarlos primeramente a revisión con a la Subdirección de Administración Escolar, dependiente de la Unidad de Planeación, Evaluación y Control Educativo, y en caso de que los formatos no tengan alguna observación, deberán de ser autenticados por el Subdirector de Administración Escolar y posteriormente también serán autenticados por el Director General de Educación Universitaria.
   3. El expediente será revisado por esta Dirección General, en caso de tener alguna observación se le informará a la Institución Educativa para que se atiendan las observaciones señaladas.
   4. En el caso de que el expediente cumpla con lo especificado en la guía, será validado y sellado por esta Dirección General y enviado a la Subdirección de Administración Escolar para que igualmente sea validado y sellado.