Nombre del tramite: Autorización de fechas de Titulación.

Fundamentación:
Con fundamento en el Artículo 37, fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación, esta Dirección General tendrá el cumplimiento de: -“Organizar, controlar y evaluar los servicios de educación superior que se prestan en las escuelas públicas y particulares incorporadas en el nivel educativo a su cargo”-.

Finalidad:
Validar los sinodales que participarán en los exámenes o actos protocolarios de los egresados con la finalidad de que cubran el perfil adecuado, así como verificar que las opciones de titulación sean las autorizadas en el Reglamento Interno de las Instituciones Educativas.

Tiempo de respuesta:
La validación del trámites será de manera inmediata, esto es, si se encuentra la documentación correcta, esta Dirección General pondrá en el formato de cada uno de los alumnos el sello de DGEU más un folio con la rúbrica del encargado del trámite, sin necesidad de emitir un oficio de respuesta.
Es indispensable que la solicitud de autorización de fechas de titulación la remitan a esta Dirección General, como mínimo con 10 días hábiles anticipadas a la fecha de titulación.

Requisitos para revisión de esta Dirección General:
  1. Oficio dirigido al titular de la Dirección General de Educación Universitaria solicitando la autorización del examen o acto protocolario de sus egresados.
  2. Anexar los formatos de cada uno de los alumnos egresados en dos juegos.
  3. Para el caso de los sinodales, anexar los siguientes documentos sólo en caso de que el sinodal no haya sido autorizado con anterioridad: fotocopia del último grado de estudios de licenciatura y posgrado y cédula profesional de los docentes que participarán como jurado durante el proceso de titulación.

Formatos a utilizar:
  Formato propuestos por esta Dirección General:

Procedimiento:
  1. La Institución Educativa se sujetará a las opciones de titulación u obtención de diploma de especialidad o grado académico según sea el caso, apegándose a la normatividad de su Reglamento Interior.
  2. Reportará a esta Dirección General en los formatos propuestos cada uno de los alumnos egresados candidatos a titulación.
  3. En caso de que los formatos no tengan ninguna observación serán validados con el sello de esta Dirección General y folio, y un juego será entregado la institución educativa y el segundo se enviará a la Subdirección de Administración Escolar, para que sean considerados para el trámite de titulación de sus egresados. Asimismo entregarán a DGEU una copia en digital de los formatos de todos sus alumnos con la finalidad de que esta Dirección General valide la información de los sinodales en trámites posteriores.
  4. La institución educativa será la responsable de verificar internamente que el nombre del alumno sea el correcto validado contra acta de nacimiento, así como la matrícula del alumno sea la oficial otorgada por la Subdirección de Administración Escolar.